
DIARIONOTICIA.COM.DO-SPM, R.D.- El Banco de Reservas anunció
hoy la creación de su nuevo producto "Cuenta de Ahorros Nómina
Inclusiva”, para dar acceso a los servicios financieros a un
segmento de la población trabajadora que por razones judiciales o
crediticias están excluidas del sistema bancario.
Con esa decisión la entidad financiera estatal es la primera en
acogerse a la Circular 029-20, emitida este lunes por la
Superintendencia de Bancos, que concibe la “Cuenta Básica” para los
excluidos de los servicios bancarios formales.
La puesta en vigencia de la "Cuenta de Ahorros Nómina Inclusiva” por
parte del Banreservas fue anunciada durante una rueda de prensa
encabezada por el administrador general de la institución financiera,
Samuel Pereyra Rojas, y a la que fue invitado el superintendente de
Bancos, Alejandro Fernández W.
La “Cuenta Básica” concebida por la SIB es de ejecución voluntaria
por los intermediarios financieros y tiene dos componentes: Una
cuenta que servirá para ahorrar y usar medios de pago, como internet
banking y tarjetas de débito y una cuenta de nómina para recibir
pago de salario.
Según explicó Fernández W. en su cuenta de twitter, previo a la
rueda de prensa, la cuenta básica de nómina servirá para darle una
segunda oportunidad a las personas que en el pasado han entrado en
conflicto con ley o han tenido problemas con su historial de crédito.
“La inclusión financiera es un proceso de integración de los
servicios financieros a las actividades económicas cotidianas de la
población, lo cual constituye un reto para el Estado con el fin de
eliminar las barreras que impiden a cientos de miles de ciudadanos
tener crecimiento económico para superar la pobreza”, estipula la
Circular de la SIB.
El administrador general de Banreservas afirmó que la Circular de la
Superintendencia de Bancos facilita que miles de personas que antes
no podían ser sujetos de empleo y crédito bancario por diversas
causas, ahora puedan acceder al sistema formal a través o con el
apoyo de este producto de ahorro.
“Con esta disposición, la Superintendencia de Bancos abre las
puertas a facilidades bancarias que antes, por diversas razones,
permanecían cerradas para un importante segmento de la población que
quiere y merece la oportunidad de participar de manera formal en el
sistema productivo nacional, además de promover la creación de
empleos, especialmente para los jóvenes que comienzan a trabajar”,
subrayó Pereyra.
La SIB sugiere que las Entidades de Intermediación Financiera (EIF)
pueden abrir, a partir del primero de diciembre, una Cuenta Básica
de Ahorros o una Cuenta Básica de Ahorros para Nómina a las personas
que por diferentes motivos se encuentran excluidos del sistema
financiero, entre ellos quienes tienen antecedentes penales o están
en proceso de judicialización.
Balance permitido
Las cuentas básicas de ahorros no podrán recibir depósitos ni
mantener balances por un monto superior a RD$45,000, durante un
periodo de 30 días. Se podrán abrir de manera presencial o no
presencial. En los casos de cuentas para fines de nómina serán
exclusivamente para recibir el salario del trabajador, y no se les
aplicará el límite del monto a recibir y del balance a mantener.
“Los antecedentes penales de un trabajador no podrán ser obstáculo
ni causal de rechazo para la apertura de la cuenta básica de ahorros
para pagos de nómina a los trabajadores”, dispone la SIB en el
numeral 15 de la resolución.
Documentación mínima
Para abrir una Cuenta Básica de Ahorros se requerirá una
documentación mínima con el nombre, fecha de nacimiento, cédula de
identidad del potencial cliente, estado civil, domicilio y número de
teléfono. Solo se podrá disponer de una sola cuenta de este tipo,
que deberá ser monitoreada por las Entidades de Intermediación
Financiera e informar a la SIB.
También podrán beneficiarse con este tipo de cuentas las personas
con antecedentes penales, las que han sido descargadas mediante
sentencia o quienes enfrentan un proceso judicial no concluido, para
lo cual deberán presentar una copia certificada expedida por la
autoridad judicial competente.
Esta facilidad está dirigida a personas físicas nacionales o
extranjeras residentes legales, que al momento de solicitar la
apertura no dispongan de una cuenta de ahorros ni de productos de
créditos en el sistema financiero.
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